Administracion de Edificios
NO MÁS INQUILINOS MOROSOS CON REGISTRO ESPECIAL DE ARRENDATARIO
Según el parlamentario, es casi
un hecho que la norma vea la luz en el plazo señalado, pues indicó que desde un
principio, esta iniciativa ha recibido el apoyo mayoritario de sus colegas. Recordó
que esta ley implicará que los nuevos contratos de contrato tengan una cláusula
de Allanamiento, soporte legal con el Poder Judicial podrá ejecutar desalojos
en 15 días.
Agregó que está nueva norma hará
que la identidad de los inquilinos morosos sea registrada en una base de datos
gratuita, a fin de que futuros caseros sepan a quien arrendarán su predio. Esta
ley también genera que los procesos legales que permitan el desalojo demoren menos
tiempo del que toma actualmente con la aplicación del Código Civil, con los
arbitrajes y conciliaciones.
ANTE NOTARIO:
Portugal reveló además que desde la puesta
en vigencia de la ley, los contratos de alquiler deberán ser legalizados ante
un notario o , en su defecto, ante un juez de paz a fin de que los arrendatarios
cuenten con respaldo sólido para iniciar los desalojos. Precisó sin embargo que
esta medida no es obligatoria y muchos arrendatarios, por su propia
irresponsabilidad, quedarían desamparados.
Fuente: Roger Chuquín. Diario Exitosa. Martes 22 de Abril del 2014