administracion de edificios

El presente escrito tiene como propósito dar a conocer las pautas que generalmente norman los principios mínimos de convivencia en propiedad horizontal.

Basado en general, en los derechos y deberes que cada propietario o residente posee en su comunidad, con la finalidad de garantizar una convivencia segura, tranquila con respeto y consideración entre todos los residentes, trabajadores y visitas.

  1. Todos los propietarios, residentes, personal y visitantes actuarán de acuerdo a todas las Normas de Convivencia aprobadas por la Asamblea de Propietarios.
  2. Los propietarios, residentes, personal y visitantes deberán tener como Principios fundamentales: ética, respeto, responsabilidad y solidaridad.
  3. Los propietarios, residentes, personal y visitantes usarán lenguaje apropiado y respetuoso en todo momento.
  4. Los propietarios, residentes, personal y visitantes no dañaran o sustraerán intencionalmente pertenencias y productos propiedad de los departamentos, cocheras o depósitos.
  5. Todas las personas ajenas a las residencias deberán presentar en la portería de entrada el documento de identidad el cual será anotado en el Libro de Ocurrencias. El personal de servicio doméstico, técnicos, proveedores o deliverys ingresarán sólo con la autorización de los propietarios o inquilinos de los departamentos.
  6. Se notificará al residente que está recibiendo visita, y se deberá autorizar o no la entrada de la misma.
  7. Se llevará un Libro de Ocurrencias donde el personal de portería anotará todas las situaciones extrañas que ocurran en el transcurso de su turno.
  8. El personal de portería no está autorizado a abrir las puertas de entrada de las cocheras a menos que se trate de una emergencia.
  9. Tanto propietarios, residentes, personal y visitantes están obligados a acatar las pautas y normas para el uso de las áreas de esparcimiento (piscina, área de niños, sala de reuniones, gimnasio, lavandería y jardines) y áreas comunes (terraza, entradas, estacionamientos, depósitos, pasillos, cuarto de máquinas, ascensores, escaleras).
  10. Las áreas de esparcimiento se deben de ser usadas estrictamente      de acuerdo a las normas establecidas por la Asamblea de Propietarios.
  11. Queda prohibido ingerir bebidas alcohólicas en todas las áreas de esparcimiento y áreas comunes de las residencias. A menos que sea una evento o fiesta debidamente autorizado.
  12. No están permitidos objetos de vidrio o cigarrillos en el área de la piscina. El uso del traje de baño es sólo por la zona de la piscina      y no por las demás zonas del edificio o condominio.
  13. No se permite correr en el área de la piscina ni el uso de colchones, flotadores, salvo los utilizados por niños pequeños como salvavidas, igualmente solo se podrá jugar en la piscina con pelotas ligeras infladas por medios no mecánicos.
  14. No se acepta tener un comportamiento amoral en ninguna área común del edificio o condominio.
  15. Queda prohibido permanecer después de las 10:00 p.m. en las áreas de esparcimiento a menos que sea por una fiesta o reunión debidamente de coordinada con la administración y Junta Directiva del edificio o condominio.
  16. Toda actividad que se realice en las áreas de esparcimiento y salones de reuniones deberá ser coordinada con la Administración del edificio o Condominio de acuerdo a las normas establecidas.
  17. Los ascensores y los pasadizos de los edificios son lugares libre de humo de cigarrillo.
  18. Las papeleras ubicadas en las áreas comunes son exclusivamente para botar papeles.
  19. Sólo se podrán estacionar los vehículos en las cocheras propias y no en cocheras ajenas incluyendo las de visita, si las hubiera.
  20. No se deberá dejar el vehículo estacionado frente al acceso de entrada al edificio (en el frontis). Es una falta grave.
  21. El estacionamiento de visitantes es para las personas que no vivan en las Residencias y vienen a visitar a un residente, el visitante no podrá retirarse de las residencias sin el vehículo, cualquier otro uso por emergencia deberá ser notificado en la portería o a la administración del edificio o Condominio.
  22. Cada familia residente, de ser aceptado por Asamblea de propietarios, podrá tener sólo un perro doméstico o un gato doméstico por departamento. De raza pequeña. Otras mascotas son permitidas si estas no son prohibidas por las autoridades de salud y municipales. Así mismo queda prohibido perros de razas peligrosas como: Pit Bull Terrier, Tosa inu, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Dogo Argentino, Fila Brasilero, Akita Inu, doberman y el rottweiler.
  23. Cada vecino debe asegurarse que su mascota no moleste o represente un peligro para otros residentes o visitantes, incluyendo a los empleados quienes trabajan en los edificios o en las áreas comunes.
  24. Usted debe mantener a su mascota fuera de las zonas donde no sean permitida y limpiar después que su mascota haya hecho su necesidad.
  25. Los residentes deben prevenir que su mascota cause ruidos excesivos.
  26. Usted no debe quedarse en los pasillos con su mascota, o en las escaleras o en las entradas del edificio.
  27. Los carritos de mercado serán empleados exclusivamente para subir bolsas con víveres, alimentos y maletines de viaje ligeros.
  28. Después de ser usados los carritos de mercado deben regresarse inmediatamente al lugar indicado.
  29. Estará prohibido cargar en los carritos de mercado escombros, cajas de cerámica o cualquier objeto que no sea alimentos o maletines de viajes ligeros.
  30. Sólo podrá ser conducido los carritos de mercado por personas mayores de 12 años en forma responsable.
  31. La basura deberá eliminarse en bolsas bien cerradas. Debe evitarse eliminar residuos líquidos.
  32. La basura debe eliminarse en los horarios indicados, de acuerdo al horario del camión recolector.
  33. Es obligación de cada propietario revisar sus conexiones de agua para evitar fugas de agua.
  34. Las mudanzas se hacen por las escaleras y nunca por el ascensor.