Administracion de Edificios

INSCRIPCIÓN DE PROPIEDAD INMUEBLE EN SUNARP

Evite preocupaciones, registre su PROPIEDAD en SUNARP.

A continuación tres consultas sobre la temática del título de propiedad inmueble, compraventa y las ventajas de Registrar sus inmuebles en Sunarp.


Consulta Nº 1.- “Teníamos un terreno en Arequipa, antes era hacienda, lo vendimos a un primo que vive cerca de allí; mis hermanos cada uno tiene su familia en Lima, no quisimos firmar el contrato en Notarias porque es muy difícil, porque mis 5 hermanos no tienen tiempo para que vayan a firmar, cada uno vive lejos. ¿Las herencias de esos terrenos es necesario que sean firmados en notarias?”. Luisa.
Respuesta:
Sí, es necesario, porque firmar en Notaria al menos sirve para certificar la firma de los hermanos vendedores así como del comprador (primo). En estos casos, casi siempre, todo se reduce a una buena fe de ambos, pero muchas veces esa buena fe no vale tanto como la palabra escrita.
Un aspecto crucial en la venta de terrenos rurales es que, en su mayoría, no están registrados en SUNARP, por ello hay que tomar muchas seguridades legales a la hora de comprarlos, por la posibilidad de ventas duplicadas, trplicadas y re-ventas en cadena.
Pero también, a la hora de venderlos se debe contar con medidas de seguridad legales, igualmente importantes. En efecto, a la hora de vender las herencias, se trata, en su mayoría, de terrenos rústicos, campestres, fincas, haciendas, etc., que generalmente no cuentan con inscripción a Registros públicos, Cofopri, Catastro Municipal u otros organismos de formalización predial; por lo que hay que redactar un contrato privado bien delimitado, específico y que cierre toda posibilidad que el comprador modifique o altere dicho documento. Por ejemplo, el área de terreno vendida puede ser modificada (de 500mt2 a 5,000mt2), para lo cual podría falsificar las firmas de los vendedores en un nuevo documento o en el mismo (para evitarlo, se debe firmar en todas las hojas, dejar sellado cada huella digital de las partes; y finalmente, especificarlo absolutamente todo en letras y números, cerrando espacios—-).
Consulta Nº 2.- “Yo compré un lote al norte de Lima, en la primera página donde figuraba mi nombre como comprador de la propiedad, el vendedor nunca me lo entregó ¿Me puede quitar el lote con esa página?”.-Enma.
Respuesta:
Ésta situación puede suceder en cualquier parte del Perú, y hasta en la misma Lima Metropolitana. Si se desea comprar un terreno donde sea que esté, lo primero que se debe hacer es tratar de inscribirlo en Sunarp a nombre propio o incluyendo al cónyuge, en caso de estar casado o casada. Cuesta no más de 150 soles.
Ahora, si el contrato (minuta) de compraventano no tiene todas las hojas completas, es imposible que pueda llegar a inscribirse en Sunarp.
Pero, si el terreno nunca tuvo inscripción en Registros Públicos, es muy probable que se de un abuso de confianza o de mala fe de los vendedores de tierras, ante lo cual es recomendable asesorarse bien antes de pagar la inversión y no firmar.
Es recomendable que pida (o exija) todos los documentos que son títulos antecedentes del inmueble que quiere comprar, pregúntese ¿para qué los va a necesitar el vendedor? ¿Qué esta pensando hacer con los papeles de un terreno que, en caso de venderse, ya no le pertenece? Al comprar un terreno, usted adquiere todos sus derechos, por eso, es recomendable pedir todos los anteriores títulos, constancias, actas, papeles municipales, entre otros.
Consulta Nº 3.- “Un señor me alquiló la pista diciendo que era parte de su terrenome alquiló la vía pública por años y yo no sabía. Él ha estado alquilando la vía pública y lo ha cerrado y lo ha trancado. Yo me enteré después de años cuando vi los planos de la municipalidad. Ya llevo un año de juicio con ese señor, desde cuando me enteré.” Pablo.
Respuesta:
Las cifras nunca mienten, en el Perú hay tan sólo un millón cuatrocientos mil títulos de propiedad inmueble que están registrados debidamente en SUNARP, faltan al menos 4 MILLONES. Por eso, el primer derecho que uno tiene en estos casos es tener seguridad legal de la transacción; y para ello, es necesario informarse acerca de la propiedad y del propietario.
Es recomendable acercarse a las oficinas Registrales (solicitar el número de la partida registral o nombre del arrendador) para ganar fe comprobada de que el arrendador actúa legítimamente, con derecho pleno sobre el área arrendada. También puede acercarse a la municipalidad con la dirección del inmueble que se pretende alquilar, incluso para averiguar licencias de uso compatibles al lugar (en caso sea para negocio). En suma, para firmar un contrato de alquiler o de venta se debe tener seguridad legal de la operación, la cual se puede adquirir buscando y comprobando información del propietario actual.
La recomendación anterior sirve también para saber si el bien inmueble le pertenece a una, dos o más personas, con lo cual evita contratiempos, y todo tipo de pérdidas.
Escrito por Joel Huancapaza el agosto 24