administracion de edificios
1. ¿Qué es una refacción?
De acuerdo al Artículo 3° numeral 2 d) de la Ley N° 29090 y modificatorias, una refacción es una “Obra de mejoramiento y/o renovación de instalaciones, equipamiento y/o elementos constructivos. No altera el uso, el área techada, ni los elementos estructurales de la edificación existente”.

2. ¿Qué es un acondicionamiento?
De acuerdo al Artículo 3° numeral 2 e) de la Ley N° 29090 y modificatorias, se define como  acondicionamiento a los “Trabajos de adecuación de ambientes a las necesidades del usuario, mediante elementos removibles, como tabiquería, falsos cielos rasos, ejecución de acabados e instalaciones”.

3. ¿Los trabajos de acondicionamiento y refacción requieren de licencia de edificación?
De acuerdo al Artículo 9° de la Ley N° 29090, los trabajos de acondicionamiento y/o refacción se encuentran exceptuados de obtener Licencia de Edificación siempre que no se ejecuten en inmuebles que constituyan parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nación. 

4. ¿Qué pasa si los trabajos de acondicionamiento y/o refacción están sujetos al régimen de propiedad exclusiva y propiedad común o de independización y copropiedad?

Ejemplo: Edificios de oficinas o departamentos.

De acuerdo a la Ley 27157 (artículo 133 del Decreto Supremo N° 035-2006-VIVIENDA), estos trabajos de acondicionamiento o de refacción a efectuar dentro de su propiedad no deben contravenir las normas vigentes ni perjudicar las condiciones de seguridad y funcionamiento de la edificación, es decir no deben afectar los derechos de los demás propietarios o de terceros.

Por lo tanto, deben comunicar oportunamente la fecha de inicio y culminación de los mismos a la junta de propietarios, proporcionando toda información y documentación técnica, legal y administrativa relacionada con ella que sea necesaria para facilitar una decisión adecuada (descripción de los trabajos a realizar, horario de trabajo, personal que trabajará, profesional responsable, etc.). Es recomendable que una copia de dicha comunicación, debidamente recepcionada sea presentada a la Municipalidad para conocimiento y evitar quejas vecinales y multas innecesarias.