La presentación de una  denuncia laboral es gratuita y puede hacerse de manera presencial o virtual, a través de la página web de la Autoridad Inspectiva del Trabajo


Mediante la Resolución de Superintendencia 190-2017-SUNAFIL, se aprobó la Directiva 002-2017-SUNAFIL, denominada «Servicio de Atención de denuncias laborales», publicada el sábado 16 de septiembre de 2017 en el diario oficial El Peruano.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), en la citada resolución, estableció el proceso que se deberá seguir para la presentación de denuncias laborales, los requisitos mínimos que debe contener, así como los plazos para que los empleadores cumplan con las obligaciones dispuestas por la Autoridad Inspectiva del Trabajo.
Cabe señalar que una denuncia laboral es una de las formas de petición ciudadana, en la que se informa a la Autoridad Inspectiva del Trabajo determinadas conductas que, por acción u omisión, calificarían como una posible infracción laboral. Su presentación es gratuita.
En ese sentido, cualquier persona natural o jurídica puede presentar una. También pueden ser remitidas por entidades públicas a la Intendencia Regional, en este supuesto, los resultados de las investigaciones se remiten al organismo que derivó la denuncia y al denunciante.
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Las denuncias laborales, guardan la debida reserva de la identidad del denunciante, y pueden ser presentadas por la página web de la Autoridad Inspectiva del Trabajo, o presentadas por escrito, en mesa de partes de cualquiera de las oficinas de la Intendencia Regional.

La denuncia laboral debe contener los siguientes requisitos:
·         Datos completos y el documento de identidad del demandante.
·         Datos del empleador denunciado.
·         Domicilio del sujeto que se solicita realizar la inspección.
·         Domicilio del denunciante.
·         Descripción de los hechos denunciados constitutivos de infracción laboral.
·         Documentos o evidencia relacionada a los hechos denunciados.
·         Lugar, fecha y firma.

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Asimismo, las etapas que comprende el proceso de atención para la generación de una orden de inspección son:
·         Calificación de la denuncia.
·         Subsanación.
·         Generación de orden de inspección.
·         Comunicación de resultados.

Es importante precisar que la Intendencia Regional debe informar al denunciante sobre el estado de la etapa de la denuncia laboral, en caso lo requiera, y este también tiene derecho a acceder a las copias del expediente que su denuncia haya generado.
Además, el denunciante puede hacer seguimiento de su denuncia laboral, a través del sistema web «consulta tu trámite», que se encuentra ubicado en la página web de la institución (www.sunafil.gob.pe).
Por último, se debe tener en cuenta que, el que presente una denuncia maliciosa, falsa e infundada, a sabiendas de que no se ha cometido ninguna infracción laboral, o el que simula pruebas o indicios de su comisión, dará lugar a una responsabilidad legal.

Fuente: lpderecho.pe

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