ya existe la Ley que obliga a dueños de canes peligrosos contar con un seguro obligatorio
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Desde el 2001, dueños de canes peligrosos deberían
contar con un seguro como requisito previo a la obtención de su licencia de
propiedad
El Seguro Obligatorio para canes peligrosos existe
desde el 2001 cuando fue promulgada la
ley 27596, «Ley que Regula el Régimen Jurídico de Canes», y reglamentada en
un Decreto Supremo Nº 006-2002-SA,
emitido en el 2002 por el Ministerio de Salud. Según el Reglamento de la norma, los dueños de canes
considerados peligrosos deben contratar un seguro de responsabilidad civil contra
los daños que puedan ocasionar sus canes, como requisito para obtener su
licencia de propiedad. La cobertura del seguro es de carácter anual y el
beneficio es para cada víctima. Según el Reglamento en su artículo 8, son considerados
canes potencialmente peligrosos: “la raza canina, híbrido o cruce de ella con
cualquier otra raza del American Pitbull Terrier, además todos aquellos que han
sido adiestrados para peleas o que hayan participado en ellas, los que tengan
antecedentes de agresividad contra las personas, así como los híbridos o cruces
de diferentes razas que no puedan asegurar su sociabilidad, temperamento o
carácter, se incluye aquellos adiestrados para incrementar y reforzar su
agresividad”. Para hacer efectivo este seguro, apenas producido el
daño, el dueño del can deberá dar aviso por escrito a la aseguradora en forma
inmediata, así como a la delegación policial más cercana, a fin de iniciar las
investigaciones necesarias. “Cabe mencionar que si bien la norma existe, resulta
necesario agregar una modificación al reglamento, de manera tal que pueda
precisarse el importe mínimo de la cobertura de responsabilidad civil, la que
deberá ser suficiente para responder por los daños ocasionados” indicó el
Presidente de APESEG, Eduardo Morón. Asimismo, son las municipalidades provinciales y
distritales, las encargadas de llevar un registro de estos canes y fiscalizar
el cumplimiento de las obligaciones de los dueños de estas mascotas, a fin de
que asuman su responsabilidad oportunamente, evitando que las víctimas queden
abandonadas o teniendo que cubrir ellos mismos los gastos de su atención
médica. fuente: apeseg |