PROCEDIMIENTOS PARA INSCRIPCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA EN SUNARP
administracion de edificios |
Son inscribibles en la partida
matriz de la edificación, el acto de la constitución de Junta de propietarios,
la designación del Presidente y de ser el caso otros miembros si el Reglamento
Interno así lo prevé.
REQUISITOS:
Copia del Reglamento Interno del
edificio.
Copia del asiento de independización
de cada inmueble.
Copia certificada del libro de Actas
de la Junta de Propietarios donde conste el acuerdo adoptado con las
formalidades establecidas en el Reglamento Interno.
Adjuntar las esquelas de
convocatorias (cargos firmados) o Declaración Jurada con firma legalizada por
Notario, formulada por el Presidente de la Junta de Propietarios, en la que se
consignaran sus datos de identificación, domicilio así como su declaración de
que todos los propietarios fueron convocados conforme al Reglamento Interno
inscrito.
Formulario de Inscripción.
Copia del DNI del presentante.
Costo: pasar por pre liquidación.
Pagar y dejar documentos en caja.
TENER EN CUENTA:
a) Para solicitar la inscripción del
presidente de la junta de propietarios, el reglamento interno debe estar
adecuado a la ley de propiedad horizontal 27157 y su Reglamento aprobado por el
D.S. 035-2006-VIVIENDA.
b) La convocatoria debe hacerse antes de los
5 días útiles o los indicados según Reglamento Interno.
c) Los propietarios que acuden a la Junta y
firman el acta deben tener inscrito su dominio.
d) De no haber Presidente será convocado
cuando el Reglamento Interno no haya previsto la convocatoria para la
designación del primer presidente, está será efectuada por el propietario
constructor o por propietarios inscritos que representen 25% de participación
sobre zonas comunes los cuales firmarán las esquelas de convocatoria cursadas a
cada propietario y de ser el caso la declaración jurada que acredite la misma.
De haber presidente vigente este será quien realice la convocatoria.
e) Las esquelas deben indicar el lugar,
fecha y hora (en dos convocatorias) de la Asamblea.
f) Las esquelas deben indicar como punto de
agenda la elección de la Junta Directiva.
g) El acta debe indicar si fue una Asamblea
Ordinaria o Extraordinaria, si se
celebró en 1era o 2da convocatoria, debe indicar el nombre de todos los
participantes y el porcentaje de participación de cada uno de ellos.
h) El acta debe indicar quien participó como
presidente y secretario de la asamblea.
i) El acta debe de indicar quien fue
elegido como Pdte, con qué porcentaje y cuando es el inicio y fin de su periodo
(el inicio debe ser al día siguiente de celebrada la asamblea).
Base legal: D.S. 035-2006-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la ley 27157, art 87 de Reglamento del Registro de Predios, aprobado por Resol. 097-2013 SUNARP (publicado el 04/05/2013)