Administración de Edificios
                                 


La seguridad de un edificio o condominio, obliga a disponer de un PLAN DE EMERGENCIA ANTE SINIESTROS y debe incluir las medidas para adoptar antes, durante y después del siniestro. La responsabilidad de elaboración recae en la Junta de Propietarios. Por tanto, a la administración le compete revisar con el fin de procurar que este PLAN cumpla con lo que la Ley dispone.

Si se analiza desde un sólo aspecto, el administrador cumple con hacer presente la observación para cumplir con la Ley, pero administrar tiene que ir más allá, no puede limitarse a llevar ordenadamente los gastos de los condóminos efectuados durante un período, debe hacer que el todo armónico del edificio funcione  bien, que los condóminos se encuentran agradados en él y por último, que el edificio gane plusvalía al funcionar  de acuerdo a lo proyectado.

 


Por tanto, es fácil deducir las implicancias del buen funcionamiento de los equipos de uso común, como son los ascensores, tableros eléctricos, las bombas hidroneumáticas y otros, ya que su ineficiencia quede de inmediato en evidencia y las molestias de los condóminos se hace sentir con la misma rapidez y no puede esconderse. Distinta es la situación con el plan de emergencia, ya que idealmente nunca debe ser puesto en ejecución, puesto que de hacerlo implica que se está en presencia de una crisis, lo que obliga a elaborarlo seriamente y cumplir las previsiones que contenga por todos los entes involucrados.




Son varias las preguntas que debemos hacernos sobre el mencionado plan, la primera de ellas es ¿QUIÉNES TIENEN RESPONSABILIDADES EN EL PLAN DE EMERGENCIA Y CÓMO? La respuesta nos indica que todos  los integrantes de la comunidad tiene responsabilidad como  sigue:  la JUNTA DIRECTIVA el asignar los recursos económicos para  adquirir los elementos necesarios para  un buen  funcionamiento ante  emergencias, para  la capacitación de los porteros en materias propias de evacuación y contra  incendios, controlando que las actividades del edificio sean las apropiadas en cuanto al orden, aseo y mantenimiento y los fondos asignados sean invertidos  de acuerdo a lo planificado.  Los condóminos, puesto que al ser ellos los beneficiarios directos, deben interiorizarse de sus obligaciones y cumplirlas y hacerlas cumplir a su grupo familiar. El tercer responsable es la empresa administradora del edificio, ya que debe implementar las necesidades faltantes de acuerdo a la resolución de la Junta de propietarios, materializar la capacitación de los porteros, dar cumplimiento del plan general de mantenimiento y controlar el normal funcionamiento de todos los elementos de uso común. Por último, tienen responsabilidad los porteros, ya que son los encargados de aplicar las medidas preventivas del plan de emergencia, de controlar y mantener las áreas comunes de acuerdo al uso esperado y de aplicar las medidas dispuestas ante una crisis.