administración edificios

Inscribir a la Junta Directiva de un edificio o condominio puede resultar ser un trámite tedioso. La NO inscripción de la Junta Directiva en Registros Públicos SUNARP antes de una independización la cual puede tomar mucho tiempo, conlleva a diversos inconvenientes, por ejemplo:

1) Las cuotas de mantenimiento acordada por los propietarios de un edificio o condominio se deberían recaudar en una cuenta bancaria a nombre de la Junta Directiva la cual debió ser elegida en Asamblea.

Hay que tener en cuenta que para la apertura de una cuenta corriente en un banco a nombre de la Junta de Propietarios, entre los documentos varios que solicita la institución financiera se deberá presentar el "Poder del Presidente de la Junta"  inscrito en SUNARP ;  y como generalmente el proceso de independización mencionado al inicio toma mucho tiempo, muchas veces, a causa de la burocracia y falta de conocimiento, imposibilita la apertura la cuenta.

2) Ante este inconveniente y para dar solución, muchos propietarios en un edificio o de un condominio optan por 2 caminos, sin tener en cuenta que puede haber en ambos casos contingencias tributarias.

a) Aperturar la cuenta bancaria a nombre de una persona natural (uno de los propietarios) que represente a la Junta. CONTINGENCIA: La persona natural puede verse afectado con el pago del impuesto a la renta de esos ingresos.

b) Y si seleccionan una empresa de Administración, solicitan que  ésta, aperture  la cuenta a nombre de la empresa administradora.

CONTINGENCIA:
  • Pueden asumir el  pago del IGV y RENTA en base a todos los ingresos que ha generado la recaudación mensual por mantenimiento a favor del edificio.
  • No existe norma expresa frente a SUNAT que proteja a la "empresa administradora" dejando a la interpretación del fiscalizador el hecho que si ésta debe pagar o no el IGV y Renta por los ingresos del edificio o condominio. Esto sin mencionar la posible multa.
  • Asimismo, la empresa administradora al realizar los pagos del personal del edificio o condominio se puede interpretar como que existiera un vínculo laboral entre ambos y no con el bien administrado.

Finalmente de este proceso tedioso también se generan otros puntos:

  1. Informalidad de algunas personas que trabajan en el rubro.
  2. No respetar los derechos laborales de las personas que trabajan en los edificios que no tienen Junta de Propietarios.
  3. No estar legalmente constituido con una Junta de Propietarios no permite tomar acciones legales frente algún vecino que no respete el reglamento interno o que sea moroso.
  4. Actualmente no contamos con una estadística cierta de los edificios que no cuentan con una Junta de Propietarios, sin embargo el 29-12-2013 Fuente Diario La República , cerca del 90 % de los edificios no cuenta con una Junta de Propietarios y la morosidad puede llegar hasta un 40%.

En Casa Grande administracion de edificios estamos decididos a brindar información que ayude a los copropietarios de edificios y condominios a lograr la vida segura y armónica que anhelan y adicional lograr que su propiedad se revalore en el tiempo.
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