LA MOROSIDAD EN EL PAGO DE LOS GASTOS COMUNES
administracion de edificios |
Los copropietarios tienen la obligación de pagar los gastos comunes en la periodicidad y plazos determinados en el reglamento de copropiedad. Sin embargo, el nivel de morosidad en este rubro es altísimo. Situación preocupante si se tiene en cuenta que de estos recursos depende el correcto funcionamiento del edificio o condominio.
¿POR QUÉ SE DA
LA MOROSIDAD EN EL PAGO DE LOS GASTOS COMUNES?
Una de las causas frecuentes es la comunicación ineficiente entre copropietario
y la administración es una de las razones ya que impide la cobranza y recaudación
eficaz.
"A veces, cuando el propietario no vive en el edificio no se
preocupa mucho de los gastos comunes, y también pasa que los arrendatarios son
los morosos, porque después ellos se mudan y no les afecta en nada”
También están aquellas personas que se atrasan en el pago porque:
Ø Su presupuesto es limitado y tuvieron que hacer frente a gastos
imprevistos.
Ø Se quedaron sin empleo o les fue mal en los negocios.
Ø Simplemente no desean pagar, en ocasiones porque tienen diferencias con
la administración o algún vecino o miembro d ela Junta Directiva
En cualquier caso, hay que tener presente que la deuda de gastos comunes
legalmente será asumida por el propietario, y que de no pagar se expone a:
ü Ser sujeto de algunas estrategias de cobranza, como cartas de cobranza, llamadas
telefónicas de cobro y publicación en la Vitrina de Comunicados del edificio en
LISTADO DE MOROSOS.
ü Que la deuda siga sumando con multas por retraso aprobadas en Asamblea.
ü Ser declarado copropietario inhábil lo que le impide votar en la
asamblea.
Son graves las consecuencias de la morosidad de los gastos comunes. Razón
por la cual los compradores de departamentos deben prestar especial atención a
este ítem para no adquirir una unidad endeudada.
¿QUÉ PASA CUÁNDO
SE VENDE UNA UNIDAD DE CONDOMINIO ENDEUDADA POR GASTOS COMUNES?
Las deudas de los gastos comunes están asignadas a las propiedades.
Entonces cualquier persona que sea dueña de la propiedad tiene la obligación de
pagar el gasto común”.
“cada copropietario deberá contribuir, tanto a los gastos comunes
ordinarios como a los gastos comunes extraordinarios, en proporción al derecho
que le corresponda en los bienes de dominio común, salvo que el reglamento de
copropiedad establezca otra forma de contribución”.
“la obligación del propietario de una unidad por los gastos comunes
seguirá siempre al dominio de su unidad, aun respecto de los devengados antes
de su adquisición”.
En ese sentido, cuando una persona compra una unidad en un condominio o
edificio, adquiere también la deuda que esta tenga por concepto de gastos
comunes y deberá asumir las consecuencias. Por supuesto, sin perjuicio de su
derecho a exigir el pago a su antecesor en el dominio,
Para finalizar, es importante advertir que la cobranza eficaz es una de
las estrategias más eficientes para reducir la alta tasa de morosidad de los
gastos comunes.