La independización de unidades de dominio exclusivo sujetas al régimen de propiedad exclusiva y propiedad común o de independización y copropiedad, consiste en abrir una partid por cada unidad inmobiliaria de condominio exclusivo.

REQUISITOS:

Ø Formulario de Solicitud de Inscripción debidamente llenado y firmado, acompañando copia del documento de identidad del presentante.

Ø  Escritura publica o documento privado con firmas certificadas por Notario que contenga el reglamento otorgado por el propietario o por el presidente de la junta de propietarios en donde conste el área, linderos y medidas perimétricas de las secciones de dominio exclusivo y los bienes comunes. Verificar que el Reglamento Interno tenga los requisitos señalados con la Ley N° 27157. Y D.S. N° 035-2006-MTC.

Ø  Si existiera pluralidad de propietarios (distintos propietarios de las unidades de propiedad exclusiva) deberá nombrarse obligatoriamente un presidente, cargo que debe recaer en un propietario.

Ø  Previamente debe estar inscrita en la Declaratoria de Fábrica. En caso de no estar inscrita, se puede presentar conjuntamente con el Reglamento Interno.

Cuando la solicitud de Inscripción del Reglamento Interno es otorgado por el presidente de la junta de propietarios debe adjuntar copia certificada del acta de la sesión de la Junta de propietarios y las esquelas de convocatoria o declaración jurada a que se refiere el articulo 86° del Reglamento del Registro de Predios.

Ø  Planos de la independización (por pisos o niveles) donde se grafiquen las unidades de dominio exclusivo y las zonas comunes, autorizado por el ingeniero civil o arquitecto colegiado, con firma certificada por notario en el que deben constar el área ocupada, área techada, linderos y medidas perimétricas  de las unidades de dominio exclusivo, las zonas comunes y respectiva memoria descriptivo.

Ø  También, a fin de agilizar la inscripción se presentara la memoria descriptiva en formato digital

Ø  Certificado de numeración de cada unidad que se va a independizar, de ser el caso, expedido por la Municipalidad distrital.

Ø  Pagos de derechos registrales.