¿Es legal el corte de agua a morosos?
Administracion Edificios |
Un
tema que nos consultan muy seguido es sobre si una junta de propietarios puede
realizar el corte del servicio de agua potable a un propietario moroso como
mecanismo de “presión” para el cobro de las cuotas de mantenimiento adeudadas.
Frente a ello, quiero precisar algunas ideas puntuales sobre el particular:
El derecho al agua es
un derecho reconocido expresamente en la Constitución (art. 7°-A).
En la jerarquía de las
normas, la Constitución es la norma máxima y ninguna ley, reglamento u otra de
rango inferior (reglamento interno o norma de convivencia) puede ir contra
ella.
Toda afectación a un
derecho constitucional, es pasible de una demanda ante la vía judicial (proceso
de amparo).
Según la
jurisprudencia, el corte de agua como mecanismo de cobro, resulta ilegal no
solo porque atenta contra un derecho constitucional, sino también porque
resulta desproporcional al conceder la ley otros mecanismos idóneos para el
cobro de las deudas por mantenimiento.
Por lo tanto, el corte de agua a morosos no resulta legal. Hacerlo
implicaría una responsabilidad civil y en algunos casos hasta penal. Lo
recomendable es iniciar un proceso de ejecución en la vía judicial, de lo cual
hablaremos en otro post.
En Casa Grande - administración de edificios
estamos comprometidos a brindar información que ayude a los copropietarios a
lograr la vida segura y armónica que anhelan y adicional lograr que su
propiedad se revalore en el tiempo.
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tema que te preocupa o quieres consultar, no dudes en escribirnos a nuestras
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