Administracion de Edificios


Modificación de la Ley N° 21157 responde a la necesidad de contar con un respaldo la organización de la junta de propietarios, cuidados del inmueble, cobro a propietarios deudores, entre otras.

La propiedad horizontal es el régimen jurídico que ampara a las unidades inmobiliarias que se caracterizan por compartir bienes y servicios comunes. En ese sentido, el Decreto Legislativo 1568 del Régimen de la Propiedad Horizontal es la normativa que regula la organización y administración de edificaciones o condominios compuestos por múltiples unidades. Esta ley establece los derechos y obligaciones de la junta, así como las responsabilidades de los órganos de gobierno y administración de los edificios.

Las modificaciones, dispuestas en el mes de mayo, a esta ley buscan cubrir vacíos legales que tenían las normativas anteriores, pues se hacía notoria la necesidad de contar con un respaldo la organización de la junta de propietarios, cuidados del inmueble, cobro a propietarios deudores, entre otras.

En ese sentido, José Miguel Oyarzo, CEO de EdiPro, plataforma que digitaliza el funcionamiento de edificios y condominios comentó:

“Hemos visto que hay mucha irregularidad y desconocimiento en la inscripción de Juntas de Propietarios en Sunarp y que por consiguiente no pueden perseguir o hacer cumplir legalmente las deudas que hay por cuotas de mantenimiento. Este nuevo decreto es un paso importante para la regulación y cumplimiento de las normas vigentes, en ese sentido nosotros como EdiPro Plataforma para la administración de condominios, buscamos ser una solución integral y confiable para la administración de condominios y ayudamos a cumplir con las regulaciones establecidas".

Actualmente, el nuevo régimen ha apostado por el bienestar y la correcta administración de inmuebles, es por ello que establece la creación de dos registros administrativos, siendo uno de ellos el registro de deudores. Con este, los administradores de la junta de propietarios podrán enviar una lista de propietarios morosos al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) para que este último utilice esta información y la comparta con la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) afectando su récord crediticio. Es importante aclarar que para realizar esta gestión la junta administrativa debe estar inscrita en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).

Por otro lado, la ley de propiedad horizontal sufrió de algunos cambios desde su primera publicación en 1999, sin embargo, la última realizada en mayo, ha sido la más importante, ya que durante este periodo ausente de modificaciones, liberando a la Sunarp, que fue el único organismo que tomó la iniciativa proponiendo reglamentos, directivas y resoluciones al Tribunal Registral para poder darle contenido a la ley y respaldar a la junta de propietarios. En ese sentido, es el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, al que finalmente se le adjudica esta responsabilidad.

Para finalizar, Oyarzo, menciona “Si bien esta modificación representa un avance en materias de la administración de edificios y condominios es relevante que esta información se dé a conocer ya que existe mucha desinformación al respecto debido al poco tiempo que ha transcurrido desde su promulgación y los canales de difusión del mismo. Así mismo, también esperamos que existan avances con respecto al uso de Plataformas como EdiPro que son un aporte directo en la gestión administrativa y contable de los condominios y edificios.”

fuente: elperuano.pe