Cada vez son más los peruanos que invierten buena parte de sus ahorros en el sector inmobiliario con la idea de alquilar y generar una renta fija mensual. Arrendar una propiedad tiene también ciertos riesgos que puede minimizarse tomando en cuenta una serie de variables.

En sí, un contrato de arrendamiento implica un acuerdo entre el propietario del inmueble y el arrendatario. Para Marybell Jara, abogada civil de Estudio Linares Abogados, algunos de los errores más recurrentes a la hora de alquilar es no plasmar fielmente dicho acuerdo en un documento. Por ello, durante la suscripción de un contrato, es importante prestar atención al detalle de las obligaciones de los contratantes, de las penalidades a las que se hacen merecedores en caso de incumplimientos y a la cláusula de allanamiento futuro.

La experta recomienda que en el contrato de arrendamiento se solicite el abono de una garantía para cubrir cualquier desperfecto o incidente que se ocasione en el inmueble. “A fin de poder ejecutar esta garantía, se debe ser lo más específico respecto del estado del inmueble (y de ser el caso del mobiliario) para así poder determinar cualquier desperfecto en los mismos”, comenta la abogada del Estudio Linares Abogados.

La experta refiere que todo contrato de alquiler debe consignar como mínimo los datos personales de las partes intervinientes como nombres, DNI, calidad en la que interviene; individualización del bien (ubicación, partida registral); plazo del contrato y el uso que se dará al inmueble; renta acordada con fecha y forma de pago; cláusula de allanamiento futuro y condiciones especiales, por ejemplo: restricciones existentes, como la presencia o no de mascotas, reglas de condominio de ser el caso, horarios de reuniones, etc.

Adicionalmente, Jara explica que se deberá especificar si el bien se alquila con o sin mobiliario y, de ser el caso, detallar cada componente. Además, indicar si se dará o no garantía o adelanto y la forma de devolución o cobro. Por último, se detallarán las penalidades para las partes en caso de incumplir los términos del contrato.

“Otras formas de proteger un inmueble es, por ejemplo, suscribir una cláusula de allanamiento futuro, con firma legalizada ante notario público. Asimismo, es posible incorporar una cláusula de desalojo notarial, para cuyo caso es necesario que el contrato se eleve a escritura pública, o se suscriba en el formulario único de arrendamiento de inmueble destinado a vivienda (FUA)”, finaliza la abogada. Cabe señalar que en caso se opte por la incorporación de esta última cláusula, las posibles adendas o modificaciones del contrato de arrendamiento deben cumplir con la misma formalidad del contrato principal.

AMPLIADO:
“Es recomendable que en el contrato de arrendamiento se solicite el abono de una garantía para cubrir cualquier desperfecto o incidente que se ocasione en el inmueble”.

Marybell Jara
Abogada