Administracion de Edificios


¿CÓMO HACER UNA CONSULTA POR ESCRITO A LOS COPROPIETARIOS?

En algunas situaciones, puede ser útil realizar una consulta por escrito a los copropietarios. Este mecanismo está estipulado en la Ley sobre Copropiedad Inmobiliaria, pero es válido solo en algunas circunstancias. ¿Conoces cuáles son? En este post te daremos todos los detalles sobre este tema.

¿CÓMO SE HACE UNA CONSULTA POR ESCRITO EN EL CONDOMINIO?

La consulta por escrito es un mecanismo que establece la ley, sobre Copropiedad Inmobiliaria, para tomar decisiones sobre algunos temas en específico. La consulta debe ser entregada a los copropietarios de la misma forma que se realiza la citación a asamblea; es decir, mediante carta certificada dirigida al domicilio registrado para estos efectos en la oficina de la administración.

Para la consulta se deben entregar antecedentes que faciliten la comprensión y el proyecto como tal. Para su aprobación, se necesita una aceptación por escrito y firmada por al menos el 75 por ciento de los copropietarios. En caso de rechazo, no podrá realizarse de nuevo en un plazo de 6 meses.

¿EN QUÉ CIRCUNSTANCIAS SE PUEDE HACER UNA CONSULTA POR ESCRITO?

La consulta por escrito a la comunidad, se puede realizar solamente en las siguientes situaciones:

  • Ø  Enajenación o arrendamiento de bienes de dominio común.
  • Ø  Constitución de gravámenes sobre espacios comunes.
  • Ø  Reconstrucción o demolición del condominio.
  • Ø  Petición a la Dirección de Obras Municipales para que se deje sin efecto la declaración que acogió el condominio al régimen de copropiedad inmobiliaria, o su modificación.
  • Ø  Cambio de destino de las unidades del condominio.
  • Ø  Constitución de derechos de uso y goce exclusivos de bienes de dominio común a favor de uno o más copropietarios, u otras formas de aprovechamiento.
  • Ø  Obras de alteración o ampliaciones del condominio o sus unidades.
  • Ø  Construcciones en los bienes comunes, alteraciones y cambios de destino de dichos bienes, incluso de aquellos asignados en uso y goce exclusivo.

Te invitamos a revisar también cuáles asuntos se deben tratar en asamblea ordinaria y cuáles deben ser resueltos en sesión extraordinaria.

¿CÓMO VALIDAR LA CONSULTA POR ESCRITO A LOS COPROPIETARIOS?

Luego de realizada la consulta por escrito a la comunidad, la Ley de Copropiedad establece el siguiente mecanismo para su validación:

“El acuerdo correspondiente deberá reducirse a escritura pública suscrita por el Presidente de la Junta Directiva y por el administrador del condominio, debiendo protocolizarse los antecedentes que respalden el acuerdo, dejándose constancia de dicha protocolización en la respectiva escritura”

En Casa Grande - administración de edificios estamos comprometidos a brindar información que ayude a los copropietarios a lograr la vida segura y armónica que anhelan y adicional lograr que su propiedad se revalore en el tiempo.

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